En todas las notificaciones de multas que remitan las Administraciones Públicas, deberán constar como mínimo los siguientes datos:
-Recursos que procedan (Pliego de descargo/escrito de alegaciones, recurso de alzada, recurso de reposición, etc.).
-Órgano al que debe dirigirse el escrito (Sr. Jefe Provincial de Tráfico, Sr. Director General de Tráfico, Sr. Alcalde, Sr. Tesorero
Municipal, etc.).
-Plazo en el que deban interponerse.
MODELOS DE PLIEGOS DE DESCARGO (ESCRITOS DE ALEGACIONES)
CONTRA NOTIFICACIONES DE DENUNCIAS
VARIABLES.
1).- SR. JEFE PROVINCIAL DE TRÁFICO .JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE... (Denuncias notificadas y tramitadas por Jefaturas
Provinciales de Tráfico- M. Interior).
2).- SERVICIO TERRITORIAL DE TRÁFICO DE... (VIZCAYA, ÁLAVA, GUIPÚZCOA) (Denuncias notificadas y tramitadas por el Gobierno
Vasco).
3).- SERVICIO CATALÁN DE TRÁFICO DE... (TARRAGONA, LLEIDA, ETC) (Denuncias notificadas y tramitadas por la Generalitat de Cataluña).
4). EXCMO. AYUNTAMIENTO DE... (Denuncias notificadas y tramitadas por Ayuntamientos).
Es decir en cada comunidad o autonomía, según estén transferidos los asuntos de tráfico de una forma o de otra.
DATOS PERSONALES Y DE LA DENUNCIA.
Expediente nº:
(Datos personales) D....., con DNI, domiciliado a efectos de notificaciones en....
EXPONE
PRIMERO: Que se ha recibido notificación de denuncia formulada por supuesta infracción al artículo… de.... (La Ley de Seguridad Vial,
Reglamento General de Circulación, Ordenanza Municipal de Circulación).
SEGUNDO: Que no estando conforme en absoluto con los hechos denunciados, interpone el presente escrito en base a las siguientes,
ALEGACIONES:
DISTINTOS SUPUESTOS DE ALEGACIONES (VARIABLES).
1).-CUANDO SE QUIERE IDENTIFICAR AL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO
Los datos del conductor del vehículo en el día de la denuncia son:
Conductor: D.
DNI:
Domicilio a efectos de notificaciones:
Advertencia importante: En los supuestos de identificación de un conductor NO residente en territorio nacional, es conveniente aportar copia del permiso de conducir, pasaporte, etc.
ALEGACIONES (CUANDO EL CONDUCTOR ES LA MISMA PERSONA A LA QUE VA DIRIGIDA LA DENUNCIA)
Se niegan tajantemente los hechos denunciados, porque en el presente caso se ha cometido un manifiesto error que conviene esclarecer en aras de la seguridad jurídica a la que tiene derecho todo ciudadano, ya que este exponente es extremadamente respetuoso con las normas de circulación.
Por ello y al amparo del derecho reconocido en el Art. 79 de la LSV y Art. 35 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, solicita expresamente se practiquen y se me remitan las siguientes pruebas:
a) Documental: (VARIABLE en función de la clase de infracción) consistente en:
-Señalización existente en el lugar: marca vial, señal vertical, etc.
-Estado de conservación de la señal de circulación.
b) Testifical: Declaración de D/Dña, con DNI nº…., con domicilio a efectos de notificaciones en...., que fue testigo presencial de los hechos.
Alegaciones fijas para denuncias por supuesto exceso de velocidad (cuando el conductor es la misma Persona a la que va dirigida la denuncia)
Se niegan tajantemente los hechos denunciados, porque en el presente caso se ha cometido un manifiesto error que conviene esclarecer en aras de la seguridad jurídica a la que tiene derecho todo ciudadano, ya que este exponente es extremadamente respetuoso con las normas de circulación.
Por ello y al amparo del derecho reconocido en el Art. 79 de la LSV y Art. 35 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, solicita expresamente se practiquen y se me remitan las siguientes pruebas:
a) Documento fotográfico y certificación que acredite que la zona estaba señalizada con la señal reglamentaria, placa informativa y panel complementario, prevista en el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por el que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.
b) Certificación que acredite de forma indubitada que el radar utilizado se ha sometido a todos los preceptivos controles petrológicos determinados en la Ley 3/1985 de 18 de marzo de Metrología, así como la Orden de 11 de febrero (B.O.E. nº 43 de 19 de febrero de 1994), que establece el control metrológico del Estado para los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor.
Todos estos datos son de carácter público, y muchos de los que veranean en Noja los saben o están acostumbrados a utilizarlos, otros pagan a asesorias para que les hagan los recursos.
Ya sabéis el que hizo la ley hizo la trampa.
Por supuesto hay más tipos de alegaciones, pero principalmente quería señalar las que he marcado en negrita.
Y que repito aquí por si alguien no quiere leer toda la chapa:
-Señalización existente en el lugar: marca vial, señal vertical, etc.
-Estado de conservación de la señal de circulación.
a) Documento fotográfico y certificación que acredite que la zona estaba señalizada con la señal reglamentaria, placa informativa y panel complementario, prevista en el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por el que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.
Esto viene a las noticias que han publicado Gin y Airnoja en sus blogs, y no lo pongo porque no este de acuerdo en que multen a todo aquel que infrinja la ley, si no porque el Ayuntamiento subsane todas las cosas que tiene mal, como las líneas, placas de prohibido aparcar, placas de velocidad, badenes (como el de la escuela) sin señalizar, socavones, en la carreteras hay que poner las lineas del medio cuando es de doble sentido, etc...
Para poder multar y que estas multas sean efectivas primero tendrán que regularizar las señales que tienen o no tienen en Noja.

3 comentarios:
Muy buenas. En referente a su exposición, la cuál me parece de bastante ayuda, quería comentarle que he recibido una multa por exceso de velocidad en la cuál yo no era el conductor, lo he identificado, pero no vive en territorio nacional, me requieren nuevamente como que no he hecho ese trámite, siendo ahora la sanción mayor ¿¿qué recurso puedo presentar??.PD:tengo el resguardo de correos con la fecha de haber enviado la identificación. Nombre, apellidos y NIE. MI correo sanorcas@hotmail.com Gracias y un saludo.
Anonimo 11'47:
Al haber enviado la identificacion por correos, normalmente les llegan tarde, aunque llegan.
Te recomiendo hacer copia del resguardo de correos y presentarla en trafico, para que paralizen el expediente sancionador, aunque ellos mismos una vez lo reciban procederan a paralizarlo y te lo notificaran.
Pero por si acaso haz lo que te digo.
Espero te sirva de ayuda.
Un saludo
P.D. te he enviado un correo con el mismo comentario.
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